QUE SON LOS FUTUROS FINANCIEROS
Que son los futuros financieros? Son un tipo de derivado financiero, los cuales se caracterizan por ser una contratación a plazo, en la que se establecen todos los detalles en el momento del acuerdo, incluyendo el precio, mientras que el intercambio efectivo se produce en un momento futuro..
Su valor se basa en el precio de otro activo financiero denominado producto subyacente, que puede ser valores, índices,, materias primas, productos agrarios. Los resultados pueden multiplicarse, tanto en sentido positivo como negativo, siendo por lo tanto, un producto financiero de riesgo, no apto para inversores no cualificados.
COMO FUNCIONAN LOS FUTUROS
Cuando se abre un contrato de futuro debemos posicionarnos largos (lo compramos) o cortos (lo vendemos). La CNMV lo explica así:
- Se denomina «posición larga» a la que adopta el comprador de futuros: al vencimiento del contrato, tendría derecho a percibir el activo subyacente (si se liquidara por entrega física).
Sin embargo, puede que el comprador prefiera cerrar su posición en el mercado antes del vencimiento realizando la operación contraria, es decir, vendiendo futuros. - La «posición corta» es la del vendedor de futuros, que se compromete a entregar el subyacente al vencimiento (si se liquidara por entrega física), a cambio del precio establecido en el contrato. Igualmente puede deshacerse tal posición comprando antes del vencimiento.
Los futuros se negocian en mercados oficiales y organizados, muy similares a los mercados de acciones. En los contratos de futuros negociados en el Mercado oficial de futuros y opciones financieros en España (MEFF) existe una liquidación diaria de pérdidas y ganancias, esto es, MEFF calcula los beneficios o pérdidas para la posición del cliente, resultado de comparar el precio fijado en el contrato (denominado precio de ejercicio), con el precio de mercado del subyacente del contrato, y abona o carga en la cuenta del cliente.
CARACTERISTICAS DE LOS FUTUROS FINANCIEROS
- Las condiciones de los contratos están estandarizadas por lo que se refiere a su importe nominal, objeto y fecha de vencimiento.
- Se negocian en mercados organizados, por tanto pueden ser comprados o vendidos en cualquier momento de la sesión de negociación sin necesidad de esperar a la fecha de vencimiento.
- Tanto para comprar como para vender futuros, los intervinientes han de aportar garantías al mercado, es decir, un importe(determinado en función de las posiciones abiertas que mantengan) como señal del cumplimiento de su compromiso, de forma que evite el riesgo de contrapartida (que una de las partes incumpla lo acordado).
- La cotización de los futuros evoluciona de forma paralela a la de la cotización del activo
- La incertidumbre sobre cómo se moverá el precio del activo se conoce como riesgo de precio, que todo inversor asume bien cuando posee ya ese activo y una caída de su valor le produce pérdidas o bien cuando en lugar de realizar su compra hoy, prefiere esperar un tiempo creyendo que su precio va a caer y finalmente evoluciona al alza, teniendo que pagar más que si lo hubiera adquirido al principio.
- El inversor en futuros puede realizar la venta de un futuro sin haberlo comprado antes, ya que lo que se vende es la posición en el contrato por el que el vendedor asume una obligación. Esto es lo que en el mercado se llama ‘abrir posiciones cortas’ o ‘ponerse corto’.
FISCALIDAD DE LOS FUTUROS FINANCIEROS
La tributación por la operación con futuros financieros, se tiene reflejar en la Declaración de la Renta (según establece el artículo 34 de la Ley del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas) en el ejercicio en que vencen los futuros o cuando se cierra la posición. Si el cierre de la posición ha sido en el ejercicio 2018, se tendrá que reflejar en la declaración correspondiente a dicho ejercicio.
Las plusvalías o minusvalías procedentes de futuros bursátiles tienen que declararse en el apartado de ganancias y pérdidas patrimoniales. Si no se desea detallar todas y cada una de las operaciones y sus resultados, es recomendable adjuntar el resumen de la información fiscal que proporciona el broker, con la precaución de quedarse copia de la misma.
Al igual que con las acciones, al precio de compra se deberá sumar los gastos y comisiones de la operación, en caso de que hubieran, y al precio de venta hay que restarle los gastos y comisiones.
Las garantías no hay que ponerlas en la declaración, solamente el resultado de la operación.
Las pérdidas en futuros financieros también se pueden compensar en los próximos 4 ejercicios fiscales.
Fdo.: Jesús García Pérez